Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 286249
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 21/04/1923 00:00
ACTOS CONCATENADOS.

Si el amparo que se concede por uno de ellos trae como consecuencia la nulificación de los demás, es inconducente ocuparse de éstos, en la sentencia que en juicio de garantías se dicte.

Amparo civil en revisión. Méndez Bancel Emilio. 21 de abril de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Agustín Urdapilleta e Ignacio Noris no votaron, por las razones que se exponen en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.