Si el amparo que se concede por uno de ellos trae como consecuencia la nulificación de los demás, es inconducente ocuparse de éstos, en la sentencia que en juicio de garantías se dicte.
Amparo civil en revisión. Méndez Bancel Emilio. 21 de abril de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Agustín Urdapilleta e Ignacio Noris no votaron, por las razones que se exponen en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.