Por razones de car谩cter gramatical e ideol贸gico, debe entenderse que el recurso de s煤plica, seg煤n lo ha concedido la Constituci贸n, s贸lo se ha establecido para aquellos casos a los que se refiere la excepci贸n del art铆culo 104 de la misma; esto es, para cuando, a elecci贸n del actor, pueden conocer a los tribunales federales, o los del orden com煤n, por tratarse de leyes que s贸lo afectan intereses particulares. Por lo mismo, la s煤plica se ha establecido para los casos de jurisdicci贸n concurrente, en los que no media de un modo directo el inter茅s p煤blico; por lo que es improcedente en materia penal.
Recurso de s煤plica. Rosa Guillermo de la y coagraviados. 24 de abril de 1923. Mayor铆a de cinco votos. Ausentes: Agust铆n Urdapilleta y Antonio Alcocer. Disidentes: Alberto M. Gonz谩lez, Adolfo Arias, Ignacio Noris y Ricardo B. Castro. La publicaci贸n no menciona el nombre del ponente.