Tienen una personalidad jurídica distinta de la de los asociados, por lo que es indebido el secuestro de sus bienes, por virtud de juicio que se siga, no contra la sociedad sino contra los socios.
Amparo civil en revisión. "Viuda de Domingo Gómez y Compañía". 8 de mayo de 1923. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Patricio Sabido y Alberto M. González. Disidentes: Benito Flores, Ignacio Noris, Francisco M. Ramírez y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.