Los recursos que hacen improcedente el amparo, son los que se tienen contra resoluciones judiciales; pues en los asuntos administrativos no hay necesidad de agotar todos los recursos ordinarios, antes de acudir al juicio de garantías.
Amparo administrativo en revisión. Sociedad Rogelio Gómez y Hermano. 14 de mayo de 1923. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Benito Flores no intervinieron en este negocio por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.