Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 27
Clave: I-TS-27
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Artículo 33, fracción I del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 50, fracción XIII y 51, fracción XI de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 09/02/1937 00:00
COPIAS FOTOSTÁTICAS
No es admisible para acreditar el pago del impuesto sobre la Renta causado por la percepción de regalías, la copia fotostática del recibo original expedido por el acreedor, de acuerdo con la ley, puesto que, la única prueba que ésta admite es el duplicado del recibo correspondiente. Expediente Número 420/937. Pedro Sobrevilla contra Oficina Federal de Hacienda en Tampico, Tamps. México, D.F., febrero 9 de 1937. Resolución definitiva dictada por la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Febrero 1937. p. 133