Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 10/02/1937
Tesis
Registro digital: 35
Clave: I-TS-35
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Artículos 41, 48 fracción III, párrafos IV y IX; 50 fracción I, y 51 fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Artículo 108 fracción I del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta y decreto de 26 de agosto de 1936, por el cual se concedió un plazo hasta el 31 de diciembre de ese año, para cubrir los adeudos del Impuesto sobre la Renta con la franquicia que ahí se establece.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 10/02/1937 00:00
PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
No está condicionado por la presentación de las manifestaciones que haga el causante, ya que de acuerdo con el artículo 41 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, si éstos no presentan oportunamente sus declaraciones deben ser calificados de oficio. Expediente Número 34/9137. Mariano Garduño y Zepeda contra Oficina Federal de Hacienda en Toluca, Méx. México, D.F., febrero 10 de 1937. Resolución definitiva dictada por la Cuarta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Febrero 1937. p. 153