Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 69
Clave: I-TS-69
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Ley del Impuesto sobre la Renta, Arts. 123 y 126
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 19/02/1937 00:00
PRUEBAS
Si el causante no las señala en el escrito inicial, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ni las aporta en la audiencia, para demostrar la ilegalidad de una declaración suplida por la Junta Calificadora, se tendrá por comprobado que la calificación la hizo la Junta dentro de la órbita de sus atribuciones y que es un acto jurídicamente válido. Expediente Número 1282/937. Facundo Bobadilla contra Junta Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F. febrero 19 de 1937. Resolución definitiva dictada por la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Febrero 1937. p. 214