Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 98
Clave: I-TS-85
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Art. 63, frac. IV y 62 del Reglamento de la Ley del Impuesto de Alcoholes, Aguardientes y Mieles Incristalizables.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 02/03/1937 00:00
MODELOS AUTORIZADOS
Si el causante cumple con todas las prevenciones de forma que exigen los modelos de libros autorizados por la Oficina del impuesto sobre Alcoholes, y los datos para el control del impuesto, que exige el Reglamento, han sido insertados íntegramente en los mismos sin entrañar defraudación a los intereses del Fisco, si a juicio de la oficina encargada del impuesto se omitió hacer un asiento, es por una causa que le es imputable a la propia oficina y no al causante. Expediente Número 592/937. Eladio Sauza contra Oficina Federal de Hacienda Número Cuatro. México, D.F., marzo 2 de 1937. Resolución definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Marzo 1937. p. 280