Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 233
Clave: I-TS-216
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1937 00:00
SALIDA DEL ACTIVO
Para que en una sucesión se realice la misma respecto de un crédito, no es menester que se haga efectivo el mismo y se cancele, en su caso, la garantía hipotecaria respectiva, sino que se cedan los derechos inherentes al mismo en favor del legatario. Expediente Número 278/937. Licenciado Antonio Pérez Verdía F., en representación de la señora Ana Meisels Vda. de Schmelz, contra Oficina del Impuesto del Timbre y sobre Capitales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. México, D.F., abril l°. de 1937. Resolución definitiva de la Tercera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Abril 1937. p. 634