Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 244414 de 284076
Tesis
Registro digital: 263
Clave: I-TS-246
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Arts. 48 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, 214, frac. II, 258, frac. II, y 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 28/04/1937 00:00
SOCIEDAD DISUELTA
Las notificaciones que sea necesario hacerle por la autoridad fiscal, deberán entenderse con sus liquidadores, que de acuerdo con la ley son sus representantes comunes, por lo que, si no se practican con ellas las diligencias respectivas, no puede estimarse legalmente notificado el proveído en cuestión. Expediente Número 3983/937. Julio Bustillo contra Oficina Federal de Hacienda en Ixtepec, Oax. México, D.F., abril 28 de 1937. Resolución definitiva de la Cuarta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Abril 1937. p. 704