Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 276
Clave: I-TS-259
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Arts. 38, frac. V del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, 28 de la propia ley y Circular 29 de 20 de octubre de 1935.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 29/04/1937 00:00
PRUEBAS
Si la Junta Calificadora aduce como apoyo de la resolución que se impugna, que el causante no comprobó ante ella los extremos el los que basó su inconformidad, y el demandante no demuestra lo contrario, esto es, que sí rindió esa prueba, deberá confirmarse la resolución impugnada. Expediente Número 2222/937. Gonzalo Ochoa y Hermanos contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., abril 29 de 1937. Resolución definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Abril 1937. p. 743