Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 294
Clave: I-TS-277
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Arts. 51, frac I, inciso b), del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta de 22 de abril de 1925, 60 del Reglamento de la propia ley, de 18 de febrero de 1935 y decreto de 26 de agosto de 1936.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 03/04/1937 00:00
DECRETO DE 26 DE AGOSTO DE 1936
Se refiere únicamente a los causantes que cubran sus adeudos dentro del período de tiempo a que alude, ya que el legislador tuvo como propósito al promulgarlo, procurar un beneficio a la hacienda pública, y, por tanto, no es aplicable, por mayoría de razón para liberar de sus responsabilidades fiscales a los causantes infractores, que por no deber nada, no hacen ingresar dinero para el Fisco. Expediente Número 1924/937. Francisco Rodríguez L. contra Oficina Federal de Hacienda Número Dos. México, D.F., abril 3 de 1937. Resolución definitiva de la Cuarta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Abril 1937. p. 772