Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 367
Clave: I-TS-350
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIÓN CONSIDERADA Art. 123 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 14/04/1937 00:00
Puede formularlas la Junta Calificadora cuando se compruebe que los libros de contabilidad de los causantes no contienen todos los asientos de su operaciones, previo el ejercicio de la facultad que concede la frac. II del art. 123 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para que la Junta funde con toda precisión la calificación que formula, en vista de los datos que logre allegar.
Expediente Número 2016/937. P. Salmones e Hijos Sucesores, contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., abril 14 de 1937. Resolución definitiva de la Primera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Abril 1937. p. 935