Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 372
Clave: I-TS-355
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 14/04/1937 00:00
La franquicia que establece para los causantes del impuesto sobre la renta que pagan los impuestos y recargos de los últimos cinco años que adeudan, en el sentido de que no se les cobraran los recargos restantes, ni se les harán efectivas las responsabilidades derivadas de la omisión de declaraciones, avisos, retenciones y anticipos, que previnieran o hubieren prevenido las disposiciones aplicables, no está supeditada a la circunstancia de que se haga una solicitud especial para ese efecto, requiriendo tan sólo el pago de las prestaciones referidas dentro del plazo de su vigencia.
Expediente Número 128/937. Jesús Muñoz Fernández, en representación de la Compañía Ganadera del Norte, S.A., contra Oficina Federal de Hacienda en Ciudad Juárez, Chih. México, D.F., abril 14 de 1937. Resolución definitiva de la Tercera Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Abril 1937. p. 947