Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 375514
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 04/01/1943 00:00
PETROLEOS MEXICANOS, SU CARACTER DE PATRONO SUSTITUTO.

La Cuarta Sala de la Suprema Corte ha sostenido el criterio relativo a que el decreto promulgado por el Ejecutivo Federal, en marzo de mil novecientos treinta y ocho, por virtud del cual fueron expropiadas las compañías petroleras que operaban en el país, determinó a favor de Petróleos Mexicanos, la calidad de causahabiente de dichas empresas y la subrogación en todos los derechos y obligaciones provenientes de los contratos de trabajo celebrados entre el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, a través de las diversas secciones que comprende, y las compañías de referencia; y de conformidad con ese criterio, subsistieron las relaciones entre dicho sindicato y Petróleos Mexicanos. Por tanto, cuando un trabajador de las antiguas empresas, presenta una reclamación por enfermedad profesional, el solo sometimiento de Petróleos Mexicanos a la decisión de un dictamen médico del perito tercero, implica de su parte, la aceptación tácita de la responsabilidad proveniente del riesgo que originó la reclamación, siendo por lo mismo, aplicable el artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo.

Tomo LXXV, página 9282. Indice Alfabético. Amparo directo 8559/42. "Petróleos Mexicanos". 15 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José María Mendoza Pardo.


Tomo LXXV, página 72. Amparo directo en materia de trabajo 1623/42. Petróleos Mexicanos. 4 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Roque Estrada.