Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 375520
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 04/01/1943 00:00
CONTRATO DE TRABAJO, PRESUNCION DE SU EXISTENCIA.

Es correcta la aplicación de la facultad que para la apreciación de las pruebas concede el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, a las Juntas, si una de estas, con su estudio dejó desvanecida la presunción que establece el artículo 18 de dicho ordenamiento; pues no estando demostrado el servicio, no puede existir la presunción de la existencia del contrato de trabajo, resultando que la misma Junta tampoco violó con ello lo dispuesto por el artículo 31 también de aquel ordenamiento.

Amparo directo en materia de trabajo 5612/42. Mejía José. 4 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.