Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 379555
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 20/10/1938 00:00
TRABAJO, INDEMNIZACIONES POR REGLAS PARA FIJAR EL SALARIO, BASE DE AQUELLAS.

Si de un laudo aparece que la Junta omitió para determinar el salario, el importe de las percepciones a que en el mismo se hace referencia, fundándose para ello, en que en su concepto no pueden considerarse como regulares, desprendiéndose de esto que si no omitió también las otras prestaciones a que el reclamante se refiere en su demanda, fue porque las conceptuó como regulares, debe tenerse en cuenta que aun cuando en el contrato colectivo se haya dado a las percepciones aludidas, el carácter de labores, extraordinarias, en realidad lo son, ya que por la misma naturaleza del trabajo desempeñado por el obrero, tenía éste obligación de efectuar esas labores de manera habitual, resultando de allí que las percepciones por tales servicios, tienen el carácter de ordinario.

Amparo directo en materia de trabajo 4028/38. Compañía Limitada del Ferrocarril Mexicano. 20 de octubre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.