Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 18 de 19
Mostrando solo tesis del 17/11/1938
Tesis
Registro digital: 379642
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 17/11/1938 00:00
TRABAJADORES INNECESARIOS.

Si se sostiene que en un laudo se falsearon dos pruebas: la que fue ofrecida como documental, consistente en la contestación dada por el superintendente del departamento de una empresa ferroviaria, y el acta levantada por un inspector federal del trabajo, y al revisar dichas pruebas, se encuentra que la Junta las apreció debidamente, toda vez que el superintendente mencionado no reconoce que hubiese necesidad de nombrar un empleado para determinada estación del propio ferrocarril, y antes bien, ese funcionario expresa que las labores correspondientes a dicho empleo, han sido ejecutadas con escasa frecuencia por los otros trabajadores de la misma estación, y del acta levantada por el inspector federal del trabajo, la Junta deduce correctamente que dada la ambigüedad que en ella existe, no es posible concluir que sea necesaria la creación del puesto mencionado, es procedente la declaración que haga la Junta, respecto a la falta de necesidad de crear ese puesto, solicitado por un sindicato, así como el pago de los salarios dejados de percibir por el personal a quien hubiere correspondido ocupar tal puesto.

Amparo directo en materia de trabajo 5011/38. Sindicato de Ferrocarrileros de la República Mexicana. 17 de noviembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.