Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 416
Clave: I-TS-399
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Circular número 59-F-72-274 de 29 de octubre de 1934, 14 y 16 constitucionales.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 21/04/1937 00:00
No puede tener funciones de ley para fundar actos de autoridad que afecten a particulares, por lo que, estando elevado en nuestro derecho el principio de legalidad a norma constitucional, arts. 14 y 16, se viola la misma, cuando se le priva a un particular de sus propiedades o se le molesta en sus posesiones, apoyándose la autoridad en una circular, que si intrínsecamente tiene características de ley, no lo es por no emanar del órgano constitucional, destinado a elaborarlas.
Expediente Número 4126/937. Eduardo García, en representación de "The Fresnillo", Co., contra Secretaría de Hacienda y Crédito Público. México, D.F., abril 21 de 1937. Resolución definitiva de la Primera Sala.Nota: Igual criterio se sustentó en:
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Febrero