En aquellos casos en los que en una reclamación de trabajo sobre nivelación de salarios o pago de las diferencias resultantes de su desigualdad, quede acreditado el hecho de que la remuneración asignada a un mismo puesto, fue disminuida respecto de un trabajador, cuando éste ocupó el empleo que con anterioridad sirvieron otros trabajadores, que percibían mayor remuneración, si la negociación o el particular demandados no acreditan la justificación de la disminución del salario, en razón de variaciones económicas, o de otras causas semejantes, la Junta correspondiente debe declarar probada la acción del trabajador quejoso.
Amparo directo en materia de trabajo 1707/38. Godin Víctor. 2 de diciembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.