Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 15 de 17
Mostrando solo tesis del 10/08/1938
Tesis
Registro digital: 379848
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 10/08/1938 00:00
CLAUSULA DE EXCLUSION, LEGAL APLICACION DE LA.

Si una Junta de Conciliación y Arbitraje establece en su laudo, que la cláusula de exclusión fue aplicada a unos trabajadores, por un sindicato, cuando ésta todavía era titular del contrato, sin que esa apreciación se encuentre destruida por prueba alguna, no obstante que de los recuentos aparece que el propio sindicato tenía minoría respecto de la totalidad de obreros al servicio de la empresa, esta circunstancia no puede destruir la apreciación de la Junta, pues estando acreditado que el sindicato actor era el titular del contrato colectivo de trabajo, que en dicho contrato existía la cláusula de exclusión y que los trabajadores reclamantes renunciaron a su carácter de miembros del sindicato, o fueron expulsados de él, es claro que la empresa demandada, estaba obligada a separar a los trabajadores aludidos, sin responsabilidad alguna para ella; por tanto, no existe violación de los artículos 550 y 236 de la Ley Federal del Trabajo, ya que las pruebas aportadas fueron apreciadas en conciencia por la Junta y tuvo facultades para conceder valor probatorio a las del sindicato y negárseles a las de la parte demandada, debiendo de tenerse en cuenta además que el artículo 236 citado, no establece que deba tener mayoría el sindicato que aplique la cláusula de exclusión, sino solamente que ésta se encuentre consignada en el contrato respectivo, y tampoco existe violación al artículo 234 de la Ley Federal del Trabajo, porque si bien es cierto que a nadie se puede obligar a pertenecer a un sindicato, también lo es que el artículo 236 estatuye que los sindicatos pueden obtener del patrono, que separe del trabajo a las personas que renuncien o sean despedidas del sindicato, con el único requisito de que el contrato respectivo establezca la cláusula de exclusión.

Amparo directo en materia de trabajo 3456/38. "Torres Hermanos". 10 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.