Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 379856
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 13/08/1938 00:00
TRABAJO, QUEJA POR DEFECTO DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO EN MATERIA DE.

Si una ejecutoria de la Suprema Corte reconoce que un trabajador, por el hecho de haber desempeñado un puesto provisional, al servicio de una empresa y la Junta respectiva estaba obligada a aceptar desde luego el reconocimiento de ese carácter, a fin de resolver, previo estudio de los derechos de antigüedad del mismo trabajador, si tenía derecho o no, a que se le asignara la categoría de trabajador de planta, que reclamaba y a que se le pagaran las diversas prestaciones que exige; pero si la Junta en vez de proceder en esa forma, se ocupa en su laudo de estudiar y analizar si el trabajador tenía o no, el carácter de obrero extra, llegado a la conclusión de que no lo tiene, resulta por este capítulo, que la violación a la ejecutoria mencionada es manifiesta, y aun cuando en el propio laudo se hagan consideraciones que tiendan a justificar que el citado trabajador no tenía derecho a que se le reconociera el carácter de trabajador de planta que demanda, tales consideraciones no desvirtúan la falta de observancia en que incurrió la Junta, con relación a la mencionada ejecutoria, y con más razón, si se tiene en cuenta que la Junta para concluir que el trabajador no tenía derecho a ser considerado como de planta, pretende partir de la base de "suponer por un momento que el trabajador pudiera ser considerado como un obrero extra", es decir, si precisamente insiste en desatender la ejecutoria en cuestión.

Queja en materia de trabajo 3/38. Cantú Garza Carlos. 13 de agosto de 1938. Mayoría de tres votos. Disidente: Salomón González Blanco. La publicación no menciona el nombre del ponente.