Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 238933 de 284076
Tesis
Registro digital: 379972
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 06/04/1938 00:00
AMPARO, IMPROCEDENCIA DEL.

Aun cuando estuviese acreditado que una Junta había infringido los artículos 441 y 446 de la Ley Federal del Trabajo, por el hecho de que no se hicieron publicaciones de un acuerdo en el que se ordenaba la acumulación de dos juicios de trabajo, ello no sería suficiente para que, por sí solo, fuera procedente la concesión del amparo, si se tienen en cuenta que, con relación al primero de esos juicios acumulados, se llegó por la Junta respectiva hasta la audiencia de recepción de pruebas, y respecto del segundo hasta la fijación del término para formular alegatos, por lo que es claro que con la simple omisión de la publicación del acuerdo, no se pudieran afectar las partes substanciales del procedimiento ni dejado sin defensa a la parte quejosa, debiendo además advertirse, que es evidente que el caso, no queda comprendido tampoco dentro de alguna de las fracciones del artículo 159 de la Ley de Amparo, y por consiguiente ninguna violación de garantías individuales ha quedado debidamente acreditada.

Amparo directo en materia de trabajo 7767/37. "Artefactos Metálicos Monterrey". S. A. 6 de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.