Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 379987
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 08/04/1938 00:00
JUNTAS, JURISDICCION CONCURRENTE DE LAS.

La Cuarta Sala de la Suprema Corte ha establecido que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje tiene jurisdicción concurrente con las Federales de Conciliación, de manera tal, que la primera puede conocer desde el periodo de conciliación, de cualquier conflicto, cuando las partes ocurran directamente a ella, aun cuando determinada Junta Federal de Conciliación sea competente también para conocer de dicho conflicto, en el periodo de conciliación; por lo que si existe una competencia concurrente entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Regional de Conciliación de un Estado de la República, y se ocurre directamente ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, ninguna violación de garantías individuales comete ésta si resuelve el asunto.

Amparo directo en materia de trabajo 5282/37. Cortado Z. Honorato y coagraviados. 8 de abril de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: Xavier Icaza y Salomón González Blanco. La publicación no menciona el nombre del ponente.