Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 19/04/1938
Tesis
Registro digital: 380001
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 19/04/1938 00:00
LAUDOS, SUSPENSION IMPROCEDENTE DEL PROCEDIMIENTO, AL EJECUTAR LOS.

Si en un juicio arbitral se dicta un laudo condenando al patrono al pago de determinada cantidad, y hecho el requerimiento respectivo de pago, por no efectuarse éste se traba el embargo correspondiente y con posterioridad el demandado presenta un recibo, manifestando que ya había cubierto la cantidad a que el laudo se refiere, y entonces el presidente de la Junta manda suspender el procedimiento, pero la Junta revoca tal acuerdo y ordena que continúe dicho procedimiento de ejecución, resulta que la revocación hecha por la relacionada junta esta arreglada a derecho, porque la simple presentación de un recibo hecha por la parte demandada, recibo que fue redargüido de falso, no era motivo para que se suspendiera el procedimiento, en los términos de los artículos 477 y 588, en relación con el 98 de la Ley Federal del Trabajo, puesto que no se trata de un documento fehaciente, que acredite la existencia del pago y, por tanto, el procedimiento debió seguir su curso legal, pues de lo contrario se autorizaría la substanciación, no solo de incidentes, sino hasta de juicios penales con suspensión del procedimiento, mediante la presentación de recibos que pueden ser falsificados, antes de que el trabajador tenga en su poder lo que le corresponde, en virtud de un laudo que lo favorece, sentándose un precedente en contra de los derechos que la ley otorga a los trabajadores, y dándose a los patronos un medio para eludir el cumplimiento de los laudos dictados en su contra.

Amparo en revisión en materia de trabajo 7856/37. Franco Isidoro. 19 de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.