Aun cuando no coincidan en sus declaraciones, en algunos detalles relativos a los hechos que se atribuyen a un trabajador, si sus declaraciones son uniformes y contestes en lo relativo a que el propio trabajador se negó a obedecer a su superior, y que además lo insultó y lo desafió, esto entraña la prueba de la comisión de actos que, conforme a las fracciones II y III del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo, son causa de rescisión del contrato de trabajo, por culpa del trabajador.
Amparo directo en materia de trabajo 1208/38. Venegas José. 11 de mayo de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.