Si de autos consta que la prueba testimonial ofrecida por un trabajador se declaró desierta, aun cuando sin expresar el motivo, y tal acuerdo de la Junta se pronunció en la audiencia respectiva, estando presente el propio trabajador y sin que protestara contra esa determinación quien firmó el acta correspondiente, es de presumirse que la resolución de la Junta tuvo como motivo el no haberse cumplido con la obligación de presentar a los testigos en la propia audiencia, como lo ordena el artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo.
Amparo directo en materia de trabajo 6781/37. Monroy viuda de Villegas Virginia. 18 de enero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.