Si en la demanda de amparo que formula un sindicato, en contra del laudo de la Junta que le niega el registro, se hace referencia a las probanzas que sirvieron de base a la mencionada Junta, para fundar su resolución, debe negarse la protección constitucional que por tal concepto solicite el sindicato.
Amparo en revisión en materia de trabajo 6698/37. Guzmán María Dolores y coags. 20 de enero de 1938. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Alfredo Iñarritu.