Aun cuando no se haya resuelto un amparo en cuanto al fondo, si se otorgó una contragarantía para responder de los daños y perjuicios por la ejecución del acto, puede promoverse el incidente respectivo, aunque se haya amparado por una violación de procedimiento, pues el juicio de garantías ya estaba terminado y la contragarantía que en el se otorgó, no puede surtir efectos de naturaleza alguna en un nuevo amparo que pudiera promoverse.
Queja en materia de trabajo 595/37. Apellandiz de Aranda Virginia y coags. 21 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.