Una Junta no falsea la declaraciones rendidas por los testigos que deponen en un juicio arbitral, si adminiculando la prueba aportada por las partes, llega a la conclusión de que no se acreditó el nexo contractual entre el actor y el demandado, ya que teniendo en cuenta que la casa de la propiedad del demandado no es una casa de productos sino particular, rentada a un solo inquilino, no se explica que el mencionado propietario tenga necesidad de ocupar a un portero, ya que en realidad no se explicaría la utilidad de los servicios de éste.
Amparo directo en materia de trabajo 6035/37. Domínguez Jacinto y coaga. 4 de febrero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.