El artículo 6o. de la Ley del Petróleo, de una manera expresa establece que es de la exclusiva propiedad federal, todo lo relativo a la industria petrolera, y el 20 de la misma Ley, concede a los Estados una participación en los impuestos que gravan esa industria; todo lo cual viene a demostrar que no es a las autoridades de los Estados sino a las de la Federación, a quiénes corresponde gravar con el pago de impuestos, todos los bienes dedicados al desarrollo de esa industria.
Tomo LV, página 3600. Indice Alfabético. Amparo 7710/37. Andrade Núñez viuda de Borbolla María Berta. 25 de marzo de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Garza Cabello.
Tomo LV, página 3067. Amparo administrativo en revisión 4619/27. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 25 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Relator: José María Truchuelo.