Si aparece con toda claridad que, si bien la neumonía fue la causa del padecimiento de un trabajador, también quedó suficientemente acreditado que ésta se desarrolló en un terreno sílico-tuberculoso, en virtud de que atenta la índole de las labores del aludido trabajador, por la naturaleza misma de los trabajos que desempeñaba, sí estaba constantemente expuesto a la aspiración de polvos tisiógenos, es indiscutible que el padecimiento fue adquirido por el obrero, precisamente dentro del lugar en que desempeñaba sus labores y con motivo de las mismas, de donde resulta la absoluta imputabilidad de la responsabilidad por la muerte de dicho trabajador.
Amparo directo en materia de trabajo 414/37. Compañía Real del Monte y Pachuca. 6 de octubre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.