El contrato verbal de trabajo puede comprobarse con el dicho de dos testigos, por lo que si únicamente declara uno en el sentido de que determinados trabajadores celebraron verbalmente contrato de trabajo con una empresa, es claro que la Junta está en lo justo si considera que no se encuentra demostrada la existencia del vínculo contractual.
Amparo directo en materia de trabajo 1499/37. Barceló Francisco y coagraviado. 15 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.