Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 380387
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 06/11/1937 00:00
ACCIDENTES DE TRABAJO FUERA DEL SERVICIO DEL PATRONO.

Si un trabajador, a consecuencia de un accidente, sufre la amputación de una pierna, y se tiene en cuenta que el único nexo de causalidad que se pretende hacer valer entre dicho accidente y el trabajo es el que el propio obrero desempañaba un servicio a favor de la empresa demandada y se hace derivar de la circunstancia de que cuando se realizó tal accidente, faltaban sólo cinco minutos para que dicho obrero entrara a su trabajo y aquél se encontraba en uno de los vehículos, que chocaron, y que eran de la propiedad de la mencionada empresa debe considerarse que tales hechos no establecen el nexo de casualidad que se pretende, con tanta más razón, si el propio trabajador reconoce que el accidente tuvo lugar con anterioridad al momento en que debía haber empezado a trabajar, y además, ninguna prueba aporta para desvirtuar la afirmación de la empresa de que cuando acaeció el accidente, el obrero no se encontraba bajo su dependencia.

Amparo directo en materia de trabajo 4841/37. Sánchez Fidel, sucesión de. 6 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salomón González Blanco.


Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Quinta Parte, Cuarta Sala, jurisprudencia 2, página 1, bajo el rubro "ACCIDENTE DE TRABAJO.".