Si no se combaten las razones que una Junta tuvo para estimar como comprobado que se trata de un riesgo profesional, y sólo se dice que "estimó juiciosamente" el certificado médico, sin expresar qué entiende por "juiciosa estimación", debe concluirse que es injustificado el agravio que se alegue por tal concepto.
Amparo directo en materia de trabajo 4148/37. Fuentes Valentín. 12 de noviembre de 1937. Mayoría de tres votos. Ausente: Xavier Icaza. Disidente: Salomón González Blanco. Relator: Octavio M. Trigo.