Los riesgos profesionales son los accidentes o las enfermedades a que están expuestos los trabajadores con motivo o como resultado del trabajo que desempeñan, y el precepto que sirve de base a la obligación patronal, de cubrir las indemnizaciones, es el llamado de responsabilidad objetiva, que se funda en que, siendo el trabajo el que produce los riesgos, y siendo el patrono, como empresario, el que debe reportar los riesgos inherentes a la empresa que establece, no es posible dejar a cargo de los obreros las consecuencias de esos riesgos.
Amparo directo en materia de trabajo 3041/37. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros. 18 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Alfredo Iñárritu.