Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 380474
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 29/11/1937 00:00
JUNTAS, NULIDAD DE LAS NOTIFICACIONES ILEGALES HECHAS POR LAS.

De los términos del artículo 446 de la Ley Federal del Trabajo, se deduce que la facultad de las Juntas para resolver sobre la nulidad de las citaciones, notificaciones y emplazamientos, que se practiquen con violación de la ley, sólo existe mientras hay procedimiento, esto es, durante la substanciación del juicio, pero no cuando ese procedimiento o juicio ha terminado.

Amparo en revisión en materia de trabajo 4390/37. Cerón Monroy José. 29 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Octavio M. Trigo.