Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 380569
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 09/07/1937 00:00
SOBRESEIMIENTO, PROCEDENCIA DEL.

Si la diligencia que se reclama en un juicio de garantías, es repetición y confirmación de la en que se efectuó la adjudicación de los bienes, y aparece que desde la fecha en que se efectuó tal adjudicación, han transcurrido con exceso los quince días que la ley señala para la interposición del amparo, existe un motivo de improcedencia que da causa al sobreseimiento, de conformidad con lo dispuesto en la fracción XII del artículo 73 y III del 74 de la Ley de Amparo.

Amparo en revisión en materia de trabajo 1545/37. Solana Villasante Secundino, sucesión de. 9 de julio de 1937. Mayoría de tres votos. Ponente y disidente: Octavio M. Trigo.