Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 380693
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/08/1937 00:00
PATRONOS, OBLIGACIONES DE LOS.

Si una agrupación sindical, haciendo uso de la cláusula de exclusión que existe en su contrato, pide la separación de varios trabajadores que laboran en una negociación, y que eran miembros de esa agrupación, cuando se celebró el contrato, dejando posteriormente de pertenecer a ella, y pide al patrono que sustituya a esos trabajadores con las personas que designa, y éste se niega a hacer la sustitución pedida, esto entraña un incumplimiento de contrato colectivo de trabajo, que se traduce en perjuicio de los obreros que fueron designados por el sindicato, para sustituir a quienes habían dicho pertenecer a éste, perjuicio que consiste en que los trabajadores propuestos, al no ser admitidos en el trabajo, dejaron de ganar el salario correspondiente, y por tanto, tiene exacta aplicación lo dispuesto por la fracción XVI del artículo 111 de la Ley Federal del Trabajo.

Amparo directo en materia de trabajo 2981/37. Mendoza Antonio. 26 de agosto de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.