Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 27/08/1937
Tesis
Registro digital: 380700
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 27/08/1937 00:00
JUNTAS, PRUEBAS ANTE LAS.

Si un trabajador demanda su reinstalación y el pago de los salarios caídos hasta la fecha en que fuese reinstalado, o en la que terminen determinadas obras que se están ejecutando, y en la audiencia de pruebas se ofrece un certificado expedido por un inspector de policía, en el que se dice que las mencionadas obras determinaron, ninguna violación de garantías se comete por una Junta, si no toma en consideración tal documento, si a su juicio no es bastante para tener probada la terminación de tales obras, ya que la constancia mencionada, no puede estimarse como prueba documental pública, si carece de las facultades necesarias quien la expide, no teniendo más valor que el contener la firma de una persona, cuyo testimonio ni siquiera se ha rendido en la forma prescrita por la ley, a su vez trae consigo que no tenga valor como prueba testimonial, puesto que, de ser esto último, habría sido necesario dar oportunidad a la contraparte, para que repreguntara al testigo.

Amparo directo en materia de trabajo 3083/37. Compañía de Inversiones del Oro, S. A. 27 de agosto de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.