Si una Junta hace constar que tuvo en cuenta en cuenta el lugar de ubicación de unos predios y su extensión superficial, para tener por acreditada la solvencia de un contrafiador, tal aseveración es exacta, si se atiende a que el valor catastral de los predios ascienden a ocho mil pesos, y el fijado para la contrafianza es solamente de cuatro mil quinientos.
Queja en materia de trabajo 286/37. Ferrocarriles Nacionales de México. 7 de septiembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.