Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 451
Clave: I-TS-434
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Arts. 124 frac. IV del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 55 frac. IV de la Ley de Justicia Fiscal.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1937 00:00
Si el causante no rindiere pruebas ante la Junta, ni ante el Tribunal, dentro del término hábil para ese efecto, debe confirmarse la resolución impugnada.
Expediente Número 1167/987. Doctor Amado Aguilar contra Junta Calificadora del Impuesto sobre la Renta en el D.F., y Secretaría de Hacienda y Crédito Público. México, D.F., abril 2 de 1937. Resolución definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Abril 1937. p. 1149