Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 380863
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 06/05/1937 00:00
SINDICATOS, RESPONSABILIDAD DE LOS PATRONOS POR EMPLEAR OBREROS ILEGALMENTE DESIGNADOS POR AQUELLOS.

Si el sindicato contratante, entre el personal que proporciona a una empresa, incluye a varios menores de dieciséis años para trabajar una jornada excesiva, la responsable de este hecho es la propia empresa; porque aun cuando el sindicato hubiere señalado jornadas excesivas a trabajadores menores de edad, fue ésta quien permitió que ello aconteciera, con manifiesta infracción de los artículos 677 y 683 de la Ley Federal del Trabajo, sin que para llegar a esa conclusión, obste aducir que como el sindicato estaba facultado por el contrato, para designar a los trabajadores y sus turnos, al mismo incumbe responder de la violación de los artículos 20, 72 y 76 del ordenamiento relativo, toda vez que el cumplimiento de la obligación de una empresa, de dar empleo al personal proporcionado por un sindicato, está, en todo caso, supeditado a los mandatos de la Ley Federal del Trabajo, que no pueden transgredirse en modo alguno, por ser de orden público.

Amparo en revisión en materia de trabajo 7243/36. Standard Fruit and Steamship Company of México Inc. 6 de mayo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.