Si de la constancias que obran en un juicio arbitral, aparece que unos patronos se hicieron representar en un compromiso que se celebró ante el jefe del Departamento de Trabajo y Previsión Social de un Estado de la República, resulta que tales patronos son parte en dicho juicio, si consta que aceptaron por conducto de su representante, la intervención del gobernador del propio Estado, quien pronunció un laudo condenatorio para los expresados patronos, aun cuando éstos personalmente no hubieran suscrito el acta relativa, sin que obste la circunstancia de que uno de los patronos asistió personalmente a la cita que se les hizo para la celebración del compromiso arbitral y que aquél se hubiese sometido condicionalmente a tal compromiso, si ninguna salvedad contiene a ese respecto del acta de referencia.
Tomo LII, página 3055. Indice Alfabético. Amparo 1022/37. Anaya viuda de Brizuela Carlota y coagraviados. 12 de mayo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LII, página 1721. Amparo en revisión en materia de trabajo 8616/36. Anaya viuda de Brizuela Carlota y coagraviados. 12 de mayo de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.