Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 26/02/1937
Tesis
Registro digital: 381109
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/02/1937 00:00
LAUDOS EN CONCIENCIA.

Si ambas partes en un juicio arbitral, ofrecen las pruebas que a su derecho conviene, pruebas que la Junta enumera en su laudo y aprecia una por una, lo mismo las de la parte actora que las de la demandada, declarando que las de esta última no invadan las de la otra parte, y en consecuencia, declara que dicha parte demandada no probó su acción, no es de estimarse que haya violado el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo.

Amparo directo en materia de trabajo 6854/36. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 26 de febrero de 1937. Mayoría de tres votos. Disidente: Octavio M. Trigo. La publicación no menciona el nombre del ponente.