Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 466
Clave: I-TS-449
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 04/05/1937 00:00
Deben acumularse a los demás ingresos del causante de la Cédula I, pudiendo deducir del impuesto que resulte a su cargo, según dicha declaración, el monto de las cantidades pagadas en Cédula IV.
Expediente Número 4385/937. "Cementos de Mixcoac", S.A., contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., mayo 4 de 1937. Resolución definitiva de la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Mayo 1937. p. 1207