Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 475
Clave: I-TS-458
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 06/05/1937 00:00
No fija concretamente el plazo para el pago de la liquidación definitiva aprobada por la Secretaría de Hacienda, por lo que debe concluirse que ese plazo es el de los diez días siguientes a la notificación de la misma, atento lo dispuesto en el art. 18 , Frac. I, de la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación.
Expediente Número 4322/937. Sucesión de Tirso Garza contra Oficina de Impuestos del Timbre y sobre Capitales, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y Oficina Federal de Hacienda en Monterrey, N.L. México, D.F., mayo 6 de 1937. Resolución definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Mayo 1937. p. 1223