Si una Junta de Conciliación y Arbitraje acata la ejecutoria de que se ordena dictar un nuevo laudo, las nuevas violaciones que con el mismo haya podido causar, deben reclamarse, por medio de un nuevo amparo; mas si el Juzgado de Distrito al que se dirige, no lo acepta, se puede ocurrir en queja y éste debe declarase fundada.
Queja en materia de trabajo 244/36. Vergara Anastasio. 28 de noviembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.