Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 381338
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 08/12/1936 00:00
TRABAJADORES, RESCISION DE LOS CONTRATOS POR CULPA DE LOS.

Si una Junta estima justificado el despido de un trabajador, por diferentes causas que alega el patrono, mediante el análisis de las pruebas rendidas por éste, siendo varios los hechos o faltas que estima demostrados la Junta, resulta que aunque algunos de ellos aisladamente considerados, pudieran estimarse como insuficientes, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 121, fracción II, de la ley del trabajo, todos ellos llevan a la conclusión de que el trabajador faltó a la propiedad y honradez debida, y además se trata de un empleado de confianza, que puede ser despedido, teniendo en cuenta lo dispuesto por la fracción X del artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo.

Amparo directo en materia de trabajo 6193/36. Palmer Federico H. 8 de diciembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.