Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 516
Clave: I-TS-499
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Art. 189, frac. II del Código Federal de Procedimientos Civiles; arts. 2, 7 y 41 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; art. 123 frac. II de su Reglamento; art. 115 inciso 8°, 114, segunda parte y 115 inciso 9° del propio Reglamento; arts. 50, frac. II, 51 y 60 le la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 12/05/1937 00:00
Consigna dos hipótesis en que los causantes deben ser calificados de oficio: a). cuando no aclaren sus declaraciones, ni comprueben los datos consignados, al ser requeridos para ello; y b). cuando no presenten sus declaraciones oportunamente.
Expediente número 2430/937. "Víctor Roldán", S. en C., contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta, mayo 12 de 1937. Resolución definitiva de la Quinta Sala del Tribunal Fiscal de la Federación.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Mayo 1937. p. 1351